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Deberá CONAGUA informar sobre invasiones en el Lago de Chapala

Por Redacción

La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) deberá dar a conocer el número de invasiones registradas en el Lago de Chapala, precisando cuántas fueron detectadas con el apoyo de un dron que sobrevoló la zona a finales del 2021 y principios del 2022, según lo notificado por la Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico al Congreso de Jalisco mediante un oficio del 2 de junio pasado.

Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), quien señaló que, en cada caso, la CONAGUA debe indicar la fecha en que fue detectada la invasión, ubicación, nombre del invasor, superficie invadida, uso del área, si hay construcciones y el tipo de inmueble, las acciones emprendidas por la autoridad, sanciones impuestas y si la invasión continúa o ya fue eliminada.

Respecto al dron utilizado en los sobrevuelos, la CONAGUA debe informar el proveedor que prestó el servicio, el costo, la fecha de contratación, el método de selección, si fue por licitación, concurso o adjudicación directa, los días en que se hicieron los sobrevuelos, así como los municipios y zonas exploradas, informó el INAI mediante un comunicado de prensa.

En respuesta a la persona que solicitó la información, la CONAGUA señaló que la información era inexistente, ya que apenas se elaborarían los planos con las delimitaciones de las invasiones y, una vez listos, serían remitidos a la Dirección de Administración del Agua del Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico, para llevar a cabo los procedimientos administrativos, previstos en la Ley de Aguas Nacionales.

Sobre el dron, la CONAGUA manifestó que pertenece a un particular, quien se encontraba prestando su servicio social en la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola, por lo que su uso no implicó remuneración económica y que el 19 de octubre de 2021 se realizó un vuelo en Ajijic, en la zona federal, utilizando un solo equipo, pero no cuenta con sus características técnicas.

Inconforme con la respuesta, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.

En alegatos, la CONAGUA reiteró su respuesta; sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se determinó que la institución no cumplió con el procedimiento de búsqueda, previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues no consultó a todas sus unidades administrativas competentes, como la Dirección de Administración del Agua Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico.

Se verificó que esa área puede conocer la información al ser la encargada de gestionar y custodiar las aguas nacionales y sus bienes públicos, ordenar la práctica de visitas de verificación e inspección, iniciar procedimientos, substanciarlos y emitir las resoluciones correspondientes, calificar las infracciones, así como elaborar estadísticas e informes.

Durante la sesión del pleno del INAI, Acuña Llamas advirtió sobre el problema de las declaraciones de inexistencia -olímpicas y absurdas- por parte de las dependencias al atender las solicitudes de información de las personas, como es el caso de la CONAGUA con relación a las invasiones en el Lago de Chapala.

“Que quede claro que, cuando se declara la inexistencia por el Comité de Transparencia, es porque seguramente debe haber consecuencias que el Órgano Interno de Control debería de estar atento a perseguir, porque al reconocer que hay inexistencia se reconoce también que esa información debió existir y debería estar ahí”, apuntó.

Por lo expuesto, el pleno del INAI revocó la respuesta de la CONAGUA y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva y congruente de la información en todas sus unidades administrativas competentes, con criterio amplio, a fin de proporcionar a la persona solicitante los datos de su interés.

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